El Supremo incluye en la causa contra Garzón el archivo de Paracuellos
Además, el instructor de la causa, Luciano Varela, pide en un auto, también hecho público este viernes, que se sume al procedimiento los escritos de denuncia, las alegaciones de las partes y las resoluciones del juez en la querella que en 1998 se presentó contra el ex dirigente comunista Santiago Carrillo por los crímenes cometidos en Paracuellos del Jarama, tal y como pidieron los querellantes, el sindicatos Manos Limpias y la asociación Libertad e Identidad.
En 2000 el magistrado rechazó investigar las querellas contra Santiago Carrillo por los crímenes de Paracuellos alegando que los delitos estaban "prescritos" y ateniéndose a dos "amnistías" producidas en 1975 y 1977. Ahora, esas diligencias se sumarán a la causa. De esta forma, la acusación pretende demostrar la doble vara de medir del juez estrella, quien sí decidió investigar al franquismo pero no a los dos bandos de la Guerra Civil.
Normas de reparto
El Alto Tribunal también ha pedido las normas de reparto de la Audiencia Nacional en el momento en el que se abrió la investigación, así como los repartos efectuados en los tres meses anteriores. Varela justifica esta decisión diciendo que servirán para comprobar "la circunstancia en que el querellado llegó a asumir la competencia para la tramitación de la causa en que dictó las resoluciones objeto de las querellas". Es decir, para ver si realmente a Garzón le correspondía investigar esa causa o no.
Para ello, el instructor pide asimismo una copia de la "nota de presentación a reparto" de las denuncias o querellas sometidas al mismo turno de reparto que la referida a las desapariciones durante la Guerra Civil y el franquismo y otra de la "diligencia de reparto" de las que fueran presentadas durante los tres meses anteriores a la interposición de esa.
Además, el Supremo atiende a la petición de Manos Limpias y Libertad e Identidad de acceder a testimonios del sumario y le da un plazo de diez días a los querellantes para que especifiquen qué parte del mismo quieren "evitándose duplicaciones inútiles".
Recurso rechazado
De esta forma, el Alto Tribunal rechaza el recurso presentado por el titular del juzgado número 5 de Instrucción de la Audiencia Nacional pidiendo el archivo de la causa que lo podría apartar de la Carrera Judicial y sigue adelante con el proceso.
A Garzón se le acusa de haber prevaricado en la causa general que abrió a la Guerra Civil y el franquismo en octubre de 2008. En la legislación española, el delito de prevaricación, tipificado en el artículo 446 del Código Penal, consiste en dictar resoluciones injustas a sabiendas de que lo son.
Cobros de Nueva York
Por otra parte, el Tribunal Supremo ha emplazado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para que antes de diez días presente las alegaciones que considere oportunas en relación con el recurso -por la vía del incidente de ejecución de sentencia- presentado por dos abogados contra el archivo de la investigación disciplinaria que se abrió al juez instructor por el cobro de 203.000 dólares durante la excedencia que disfrutó en Estados Unidos entre marzo de 2005 y junio de 2006.
El acuerdo de la Comisión Disciplinaria del Poder Judicial, adoptado el pasado mes de julio, se produjo después de que la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ordenara no dar carpetazo a esta cuestión -que había sido archivada de plano un mes antes- hasta que se hubieran practicado las diligencias de investigación oportunas.
Los abogados José Luis Mazón y Antonio Panea consideran que el hecho de que el CGPJ acordara por segunda vez archivar su queja contra Garzón sin practicar ninguna diligencia "es una burla o pantomima a la sentencia dictada" en su día por el Supremo, por lo que el pasado 22 de septiembre presentaron su incidente instando la nulidad de la decisión del órgano de gobierno de los jueces.
En una providencia notificada este jueves, y a la que ha tenido acceso Europa Press, el Supremo tramita este último recurso de los letrados y da traslado del mismo al CGPJ, "para que en el plazo de diez días alegue lo que a su derecho convenga en relación al incidente promovido".
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