Blogia
MARSEL & CO

vergonzoso

Un estudio aborda la discriminación a los discapacitados en la contratación de seguros

Las compañías aseguradoras ponen diferentes tipos de obstáculos a la hora de contratar seguros a las personas con discapacidad, dificultades que llegan en algunos casos a la negación de cobertura, a la imposición de sobreprimas o a la necesidad de realizar una declaración de salud. Este tratamiento discriminatorio se debe, entre otras razones, a que el sector asegurador identifica “persona con discapacidad” y “persona con enfermedad”.

Estas son algunas de las conclusiones recogidas en el estudio sobre discapacidad y contratación de seguros La discriminación por razones de discapacidad en la contratación de seguros, publicado por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) en el volumen número 11 de la colección "CERMI.es".

El texto recoge un resumen de las principales conclusiones que se han obtenido en el análisis del mercado de seguros en relación con las personas con discapacidad, así como las recomendaciones realizadas a los distintos agentes del sector. Asimismo, el libro hace un repaso de los diversos tipos de obstáculos que encuentran los discapacitados a la hora de contratar un seguro: falta de conocimiento por parte de los comerciales, negación de cobertura e imposibilidad de conocimiento a priori de las primas y coberturas hasta no haber realizado el proceso completo de revisión médica.

Respecto a la negación de la cobertura, el estudio recoge como ejemplos los de la compañía Mapfre, que no realiza seguros de vida a personas con más de un 65% de discapacidad; las empresas Asisa, Sanitas y DKV Previasa, que no aseguran en principio a personas con discapacidad intelectual; las firmas Adeslas, Caser y Fiatc no realizan seguros de asistencia sanitaria a personas con enfermedad mental; la aseguradora de Banesto no suscribe pólizas de vida a personas con determinadas discapacidades físicas como en el caso de una lesión medular.

El texto ofrece además una serie de recomendaciones a los agentes del Sistema Asegurador, el Programa de Conclusiones de la jornada del CERMI y del Instituto Nacional de Consumo sobre accesos a productos financieros y de seguros y las propuestas de enmiendas del CERMI a la Ley de Contrato de Seguro.

Una de estas modificaciones dice textualmente: “No se podrá discriminar a la personas con discapacidad en la contratación de seguros. En particular, se prohíben la denegación de acceso a la contratación, el establecimiento de procedimientos de contratación diferentes de los habitualmente utilizados por el asegurador o la imposición de condiciones más onerosas, por razón de discapacidad, salvo que se encuentren fundadas en causas justificadas y razonables”.

0 comentarios