muy curioso
Un abogado madrileño reclama la devolución del canon que se aplica a los CD grabables. La denuncia es la primera de una serie de 17 a distintos juzgados
El malestar de muchos usuarios de discos compactos por el canon que pagan dirigido a compensar las copias ilegales de música ha cristalizado ya en demandas judiciales. Un juzgado de primera instancia madrileño verá el próximo 11 de noviembre la primera demanda en la que se reclama la devolución de esta tasa en el precio de los discos grabables de audio y datos. Es decir, una reclamación por un importe de 22 céntimos de euro. Pero no va a ser la única. Otras 16 están ya en los juzgados y otras tantas andan en preparación.
"La mejor manera de protestar contra algo es luchar por la vía legal. Hay que educar a los chavales que se quejan contra las entidades de gestión en el ejercicio de los derechos ciudadanos", justifica Javier de la Cueva, el abogado que ha presentado la primera denuncia e impulsor de la campaña. "Nadie plantea un pleito por 22 céntimos, porque entran en ese punto en que cuesta más el abogado que lo ganado, pero hay que actuar también con un sentido social de la profesión", asegura.
De la Cueva, que ha escrito distintos artículos sobre el tema, distribuye la plantilla de la demanda gratis a través de su página de internet (www.derecho-internet.org), y recuerda que, por su importe, no precisa abogado ni procurador para ser presentada. El texto plantea, a lo largo de 75 folios, si es constitucional la aplicación de la "remuneración por compensación en favor de los autores por el derecho a copia privada señalada en el artículo 25.1 de la ley de propiedad intelectual" y exige la devolución del importe del canon, es decir, los 22 céntimos que se fija para un CD grabable de 74 minutos, que cuesta, sin ella, entre 20 y 30 céntimos. Esta tasa, con un baremo de distintos tramos, siempre por tiempo disponible de grabación, la pagan actualmente todos los discos, memorias sólidas y aparatos de grabación destinados al mercado español, gracias a un acuerdo entre siete sociedades de gestión de autores y productores, entre ellas la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) y Artistas Intérpretes o Ejecutantes (AIE), y la patronal del sector informático, Asimelec. Un pacto cuya legalidad y obligado cumplimiento, especialmente para las instituciones públicas, el abogado también cuestiona en su demanda, por entender que es "una compensación gestionada por entes no públicos".
La argumentación del letrado asegura que el soporte digital "es el actual sistema de registro de la civilización" y pone dos ejemplos especialmente sensibles para los jueces: las bases de datos del Consejo General del Poder Judicial y las grabaciones de las vistas orales de los juicios, que se registran ambas en CD-Rom. De hecho, el propio colectivo judicial, que trabaja mayoritariamente con soporte CD-Rom, es uno de los que más se ha quejado por la implantación de la tasa.
Papel del siglo XXI
"Ahora todo se hace en soporte digital, desde los trabajos que entregan mis alumnos y ya en 1961 los legisladores fueron con mucho cuidado para no gravar el papel y que no llevara un timbre en favor de los escritores", explica De la Cueva. La demanda, sin embargo, no se dirige contra las entidades de gestión sino contra el comercio donde se adquirió el disco "porque es quien está obligado a cobrarlo", afirma el letrado. Y ahí, advierte, hay que ir con cuidado porque "muchas tiendas no lo desglosan en las facturas", cuando están obligadas por ley a hacerlo y a someterlas a las auditorías que pueden plantear las entidades de gestión. La intención del abogado con la demanda es, asegura, "forzar la pregunta al Tribunal Constitucional". Un pronunciamiento de este alto tribunal, por ejemplo, sirvió en 1989 para que los matrimonios pudieran hacer la declaración de la renta por separado y no sólo conjunta, como hasta entonces.
El malestar de muchos usuarios de discos compactos por el canon que pagan dirigido a compensar las copias ilegales de música ha cristalizado ya en demandas judiciales. Un juzgado de primera instancia madrileño verá el próximo 11 de noviembre la primera demanda en la que se reclama la devolución de esta tasa en el precio de los discos grabables de audio y datos. Es decir, una reclamación por un importe de 22 céntimos de euro. Pero no va a ser la única. Otras 16 están ya en los juzgados y otras tantas andan en preparación.
"La mejor manera de protestar contra algo es luchar por la vía legal. Hay que educar a los chavales que se quejan contra las entidades de gestión en el ejercicio de los derechos ciudadanos", justifica Javier de la Cueva, el abogado que ha presentado la primera denuncia e impulsor de la campaña. "Nadie plantea un pleito por 22 céntimos, porque entran en ese punto en que cuesta más el abogado que lo ganado, pero hay que actuar también con un sentido social de la profesión", asegura.
De la Cueva, que ha escrito distintos artículos sobre el tema, distribuye la plantilla de la demanda gratis a través de su página de internet (www.derecho-internet.org), y recuerda que, por su importe, no precisa abogado ni procurador para ser presentada. El texto plantea, a lo largo de 75 folios, si es constitucional la aplicación de la "remuneración por compensación en favor de los autores por el derecho a copia privada señalada en el artículo 25.1 de la ley de propiedad intelectual" y exige la devolución del importe del canon, es decir, los 22 céntimos que se fija para un CD grabable de 74 minutos, que cuesta, sin ella, entre 20 y 30 céntimos. Esta tasa, con un baremo de distintos tramos, siempre por tiempo disponible de grabación, la pagan actualmente todos los discos, memorias sólidas y aparatos de grabación destinados al mercado español, gracias a un acuerdo entre siete sociedades de gestión de autores y productores, entre ellas la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) y Artistas Intérpretes o Ejecutantes (AIE), y la patronal del sector informático, Asimelec. Un pacto cuya legalidad y obligado cumplimiento, especialmente para las instituciones públicas, el abogado también cuestiona en su demanda, por entender que es "una compensación gestionada por entes no públicos".
La argumentación del letrado asegura que el soporte digital "es el actual sistema de registro de la civilización" y pone dos ejemplos especialmente sensibles para los jueces: las bases de datos del Consejo General del Poder Judicial y las grabaciones de las vistas orales de los juicios, que se registran ambas en CD-Rom. De hecho, el propio colectivo judicial, que trabaja mayoritariamente con soporte CD-Rom, es uno de los que más se ha quejado por la implantación de la tasa.
Papel del siglo XXI
"Ahora todo se hace en soporte digital, desde los trabajos que entregan mis alumnos y ya en 1961 los legisladores fueron con mucho cuidado para no gravar el papel y que no llevara un timbre en favor de los escritores", explica De la Cueva. La demanda, sin embargo, no se dirige contra las entidades de gestión sino contra el comercio donde se adquirió el disco "porque es quien está obligado a cobrarlo", afirma el letrado. Y ahí, advierte, hay que ir con cuidado porque "muchas tiendas no lo desglosan en las facturas", cuando están obligadas por ley a hacerlo y a someterlas a las auditorías que pueden plantear las entidades de gestión. La intención del abogado con la demanda es, asegura, "forzar la pregunta al Tribunal Constitucional". Un pronunciamiento de este alto tribunal, por ejemplo, sirvió en 1989 para que los matrimonios pudieran hacer la declaración de la renta por separado y no sólo conjunta, como hasta entonces.
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